El certificado de tercer país

Nueva Normativa, Elimina la obligación del certificado del conductor de Tercer País para Residentes de Larga Duración
El pasado día 28 de enero entró en vigor la Orden TRM/59/2025, del 16 de enero con un cambio radical sobre los certificados de conductor de tercer país, acabando con la obligación absoluta de necesitarlo para todos aquellos conductores no nacionales de la Unión Europea.
La nueva normativa, que se trata de una transposición del Reglamento (CE) número 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, viene a eliminar las cargas administrativas innecesarias a las empresas.
La orden ministerial establece la obligatoriedad del certificado de conductor para empresas que operan en el ámbito internacional y para aquellas que, aun realizando transporte exclusivamente nacional, cuenten con trabajadores que no sean residentes de larga duración.
El cambio clave de la nueva normativa radica en la definición de "residente de larga duración", figura desarrollada en la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003. Según esta directiva, se considera residente de larga duración a un nacional de un tercer país que haya residido de forma legal e ininterrumpida en un Estado miembro durante al menos cinco años y que demuestre recursos fijos y regulares suficientes para su manutención y la de su familia sin recurrir a la asistencia social del Estado miembro.
Con esta modificación, las empresas de transporte nacional podrán prescindir del certificado de conductor de tercer país si sus empleados cumplen con la condición de residentes de larga duración y cuentan con un NIE.
En el ámbito sancionador, la nueva regulación podría influir en los procedimientos pendientes de resolución firme relacionados con infracciones al artículo 143 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). En estos casos, podría considerarse un atenuante el hecho de que la normativa haya modificado las condiciones de los certificados de conductor tras la iniciación del procedimiento.
Con esta reforma, el sector del transporte se adapta a la legislación europea, aliviando cargas administrativas y facilitando la contratación de conductores que cumplan con los requisitos de residencia establecidos por la UE.